
📢 Importante: Nuevas disposiciones del SRI sobre anulación de facturas electrónicas
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido una nueva resolución que establece nuevos plazos y condiciones para la anulación de comprobantes electrónicos. A continuación, te resumimos los puntos clave:
🗓️ Plazo para anulación en línea
Los comprobantes electrónicos (facturas, retenciones y documentos complementarios) solo podrán anularse en línea hasta el día 10 del mes siguiente a su emisión.
Si el día 10 es feriado o fin de semana, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.
🔁 ¿Qué pasa si se pasa el plazo?
Después de esta fecha, las facturas solo podrán ser anuladas mediante una Nota de Crédito, conforme al Art. 5 de la resolución.
❌ Facturas con “Consumidor Final” no se pueden anular
Las facturas emitidas con la leyenda “Consumidor Final” no pueden ser anuladas ni modificadas, ni siquiera con nota de crédito. Una vez emitidas y validadas por el SRI, son definitivas.
🔄 Anulación de retenciones, notas de crédito y débito
Para anular estos documentos, se necesita la aceptación del receptor.
El receptor tiene 5 días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud de anulación.
Si no responde dentro de ese plazo, la anulación queda sin efecto y el comprobante sigue vigente.
📌 Notas de crédito: Plazo máximo de emisión
Podrán emitirse hasta 12 meses después de la fecha del comprobante original, únicamente en los casos establecidos en el Reglamento correspondiente.
💡 Recomendación:
Verifica y anula tus comprobantes a tiempo para evitar inconvenientes. Si necesitas ayuda o asesoría, ¡estamos aquí para apoyarte!